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La Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) establece una serie de obligaciones para las empresas, los profesionales autónomos y las administraciones públicas que sean titulares de datos de carácter personal
Asimismo, dicha Ley, que deroga la anterior LORTAD, tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.
A Quién Afecta:
Aplicable a todas las empresas y organizaciones publicas o privadas que almacenen, utilicen o traten datos de carácter personal registrados en soporte físico y que los haga susceptibles de tratamiento.
La legislación sobre Protección de Datos marca una serie de límites a la utilización de los datos personales afectando a todas las empresas de nuestro país, ya que en mayor o menor medida todas tratan o manejan datos de carácter personal de personas físicas (clientes, proveedores, empleados, colaboradores, accionistas.)
Sanciones:
Leve: Todos los ficheros que contengan datos de carácter personal .- de 601 a 60.101 €
Grave: Servicios Financieros, Hacienda Publica, Comisión de Infracciones Administrativas o penales, Solvencia Patrimonial y crédito.- de 60.101 a 30.506 €
Muy Grave: Salud, Vida Sexual, Ideología, Creencias, Afiliación Sindical, Origen racial.- de 30.506 a 601.012 €
Obligaciones de las Empresas
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MEDIDAS
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BÁSICO
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MEDIO
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ALTO
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Documento de Seguridad
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Funciones y Obligaciones del Personal
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X
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X
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Registro de Incidencias
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X
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Identificación y Autenticación
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X
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X
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X
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Control de Acceso Lógico
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X
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X
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Gestión de Soportes
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X
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Copias de Respaldo y Recuperación
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X
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Responsable de Seguridad
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X
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X
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Auditoría
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X
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X
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Control de Acceso Físico
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X
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X
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Pruebas con datos reales
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X
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X
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Distribución de Soportes
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Telecomunicaciones
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X
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Registro de Accesos
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X
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